Último examen de admisión: 21 DE AGOSTO

 
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Reglamento general interno

1. DISPOSICIONES GENERALES.

1.1. El presente reglamento interno rige todas las actividades realizadas, propuestas y proyectadas en lo referente tanto a la parte administrativa como a la disciplinaria y a la académica.

1.2. Los asuntos no incluidos en este reglamento serán resueltos por las autoridades correspondientes de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

1.3. Cualquier violación al cumplimiento de los principios contenidos en este reglamento será sancionada. (Ver Apartado 16).

1.4. Este reglamento interno entra en vigor a partir del 6 de septiembre de 2010.

2. ADMISIÓN.

2.1. Para ingresar a AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., se requiere tener un promedio general mínimo de 6 (seis) en educación media superior (bachillerato o preparatoria).

2.2. El aspirante a ingresar a la institución que no tenga este promedio mínimo, podría tener la oportunidad de ingresar pero condicionado a alcanzar promedio de 8 (ocho) en un plazo máximo de 3 meses. De no cumplirse lo anterior, el alumno podría ser dado de baja de forma inmediata.

2.3 Para ser considerado alumno de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., el aspirante deberá aprobar los exámenes de ubicación, psicométrico y médico, en los tiempos y formas que la institución ha dispuesto para estos fines. Para el ingreso a la institución se considerarán los resultados más altos obtenidos en dichos exámenes de ubicación y psicométrico así como el cupo disponible por grupo.

2.4. Una vez aprobados los respectivos exámenes, el aspirante deberá entrevistarse con el Coordinador de la Licenciatura correspondiente quien evaluará y reafirmará finalmente las condiciones académicas y potencialmente profesionales del aspirante a ingresar a la institución.

2.5. El aspirante aceptado por la coordinación de licenciatura deberá entregar a control escolar la totalidad de la documentación requerida hasta antes del primer día de clases del semestre de ingreso. Incluyendo el certificado de acreditación de nivel medio superior, mismo que en algunos casos aprobados por la Subdirección Académica podrá ser entregado en un plazo máximo de 3 meses.

2.6. Todos los documentos requeridos por AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. y que conforman el expediente del alumno están bajo custodia de la institución tienen carácter estrictamente confidencial. Sin embargo, son sujetos de revisiones periódicas por parte de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla.

2.7. Los documentos a que hace referencia el punto anterior serán devueltos al estudiante al término de la relación académica, ya sea por titulación o baja. En casos muy especiales, y enteramente justificados, dichos documentos podrán ser proporcionados temporalmente a su titular, previa autorización por escrito del Director o del Coordinador Académico.

3. INSCRIPCIÓN - REINSCRIPCIÓN.

3.1. El pago de la inscripción o reinscripción en su caso es anual y debe ser cubierto antes del primer día de clases del ciclo correspondiente para que el alumno sea considerado inscrito en un periodo académico.

3.2. Sólo podrán reinscribirse aquellos alumnos que no tengan ningún adeudo académico ni económico con la institución.

3.3. La inscripción o reinscripción solo puede hacerse con la carga completa de materias, el sistema escolarizado de la institución no permite dar de baja ninguna materia. Todas las asignaturas del plan de estudios deben cursarse y aprobarse para avanzar al siguiente semestre. (Ver Apartado 8)

4. CALENDARIO ESCOLAR.

4.1. Todos los períodos académicos de AS MEDIA Centro de Formación Profesional, A.C. constan de 24 semanas lectivas completas, incluyendo la de evaluaciones finales.

4.2. Los únicos días de suspensión de clases serán aquellos expresamente marcados como descanso obligatorio por la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla y aquellos que aparecen en el Calendario oficial que se dará a conocer a principios de cada semestre lectivo.

4.3. En caso de realizarse alguna actividad extraescolar previamente autorizada por la Dirección de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, se suspenderán las labores académicas. No exentando de esto a los alumnos a cumplir con sus asignaciones en prácticas profesionales o tareas programadas.

5. ASIGNATURAS.

5.1. Asignatura es el conjunto de exposiciones, investigaciones, evaluaciones y talleres alrededor de un tema con objetivo específico, que debe ser alcanzado por los estudiantes en un periodo lectivo.

5.2. El programa académico es el conjunto de asignaturas, en un orden determinado, que AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. ha previsto que el alumno curse durante la licenciatura. Este programa ha sido aprobado por la Secretaría de Educación Pública del estado de Puebla. AS MEDIA. Centro de Formación Profesional, A.C. se reserva el derecho de modificar y adaptar el programa académico con el propósito de actualizarlo y mejorarlo, previo acuerdo con las autoridades educativas.

5.3. El programa o temario de cada asignatura consta de los objetivos tanto generales como específicos a alcanzar en el periodo lectivo correspondiente, el contenido de cada unidad, con la bibliografía correspondiente, incluyendo aquella de consulta; así como la metodología a seguir en el aula o fuera de esta y el sistema de evaluación.

6. EL DOCENTE.

El docente de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., tiene derecho a:

6.1. Ser tratado de manera digna y respetuosa por todos los integrantes de la comunidad AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

6.2. La confidencialidad de los datos registrados en su expediente administrativo, mismos que serán de uso exclusivamente académicos y para trámites oficiales.

6.3. Conocer oportunamente el presente reglamento y el calendario escolar que contiene las fechas de evaluaciones y de suspensiones de labores.

6.4. Recibir oportunamente la información necesaria para el buen cumplimiento de sus labores.

6.5. Conocer los servicios académicos y administrativos con que cuenta.

6.6. Recibir una credencial que lo acredite como docente de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

6.7. Comunicar a las autoridades correspondientes, respetando las debidas instancias, sus observaciones, peticiones, inquietudes, propuestas, etc., de manera personal o por escrito.

Son obligaciones del docente:

6.8. Ceñirse estrictamente al calendario escolar, salvo autorización expresa de la Dirección o de la Coordinación académica, previo visto bueno del Coordinador de licenciatura.

6.9. Planear, desarrollar y aplicar adecuadamente el programa de la asignatura a su cargo procurando alcanzar los objetivos previstos por la Subdirección Académica.

6.10. Al principio del semestre entregar a los alumnos el programa académico (temario) de la asignatura a su cargo, así como también la bibliografía sugerida, la metodología de clase y detalladamente la metodología de evaluación respectiva. Asegurando así el estudio personal y aprovechamiento desde el inicio del semestre.

6.11. Pasar lista al principio de cada clase, otorgando a los alumnos una tolerancia máxima de 5 (cinco) minutos sin causar retardo y una máxima de 10 (diez) minutos para tener acceso al salón pero causando retardo. Después de 10 minutos del inicio de la hora de clase, no se permitirá el acceso al salón a ningún alumno. Tres retardos, sin importar el motivo, equivaldrán a una falta.

6.12. Devolver a la Coordinación de licenciatura correspondiente las preactas que le fueron entregadas oportunamente y que deberán contener las calificaciones y el total de inasistencias de todos los alumnos en el mes correspondiente.

6.13. Entregar las preactas en los tiempos marcados al inicio del semestre.

6.14. Presentarse en el salón de clases puntualmente, con una tolerancia máxima de 10 (diez) minutos.

6.15. Proporcionar asesoría académica al alumno que la requiera, previa solicitud o cita.

6.16. Impartir sesiones de clase de 50 minutos por cada hora asignada, comenzando la sesión a la hora y 5 minutos, terminando la sesión 5 minutos antes de la próxima hora asignada. Quedando a criterio del docente en qué momento otorgará un corto período de descanso en sesiones largas. De esta forma el alumno tendrá 10 minutos de descanso por hora de clase asignada.

6.17. Terminar su clase 5 minutos antes del inicio de la próxima sesión asignada.

6.18. Aplicar personalmente las evaluaciones parciales y ordinaria, en caso de imposibilidad, deberá entregar los exámenes a la coordinación respectiva, para que ésta designe a un sinodal sustituto, mismo que no podrá evaluar dichos exámenes.

6.19 Asistir a las reuniones de trabajo, cursos, talleres y otras actividades a que convoque la Dirección, la Subdirección Académica o la Coordinación de Licenciatura correspondiente.

Consideraciones:

6.20. Si ha comenzado la hora de inicio de sesión de clase y el catedrático de la sesión inmediata anterior aún continúa dentro del salón, será obligación del catedrático titular de la asignatura afectada avisar de inmediato a Control Escolar, Subdirección Académica o Dirección para tomar las medidas pertinentes.

6.21. Cada docente acordará con el responsable de la licenciatura correspondiente el método de evaluación a seguir en cada asignatura para su análisis y revisión.

6.22. El docente tendrá oportunidad de enriquecer el programa académico si lo considera conveniente para el mejor aprovechamiento de los alumnos, previo aviso por anticipado y autorización de la instancia correspondiente.

6.23. AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., evalúa semestralmente al docente de cada asignatura con el propósito de procurar y mantener un alto nivel académico. Los resultados de esa evaluación serán hechos del conocimiento de cada docente en una reunión de análisis y discusión con el Director, el Coordinador académico y/o el Coordinador de la licenciatura correspondiente.

7. EL ALUMNO.

El alumno tiene derecho a:

7.1. Ser tratado de manera digna y respetuosa por todos los integrantes de la comunidad académica.

7.2. La confidencialidad de los datos contenidos en su expediente personal, mismos que serán de uso estrictamente académico por parte tanto de la institución como de la Secretaría de Educación Pública del estado de Puebla o de otras instancias oficiales.

7.3. Conocer oportunamente el presente reglamento, así como el calendario escolar vigente que incluye fechas de evaluaciones y de suspensiones de labores.

7.4. Recibir oportunamente la información que requiera para el buen desarrollo de sus estudios.

7.5. Conocer los servicios académicos y administrativos que ofrece AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

7.6 Reinscribirse en su programa académico consecuente siempre y cuando no tenga adeudos académicos ni económicos.

7.7. Recibir asesoría académica cuando la requiera, previa solicitud o cita.

7.8. Recibir constancias parciales o finales que acrediten sus estudios y su situación tanto académica como administrativa. Dichas constancias solo pueden emitir sentencias de un semestre concluido.

7.9. Recibir una credencial que lo acredite como alumno de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. Esta credencial le permite al alumno el acceso a la escuela y a los servicios que esta ofrece, así como también, con previa asignación y autorización, le permite el acceso a las instalaciones de otras instituciones y/o empresas del Grupo AS MEDIA.

7.10. Comunicar a las autoridades correspondientes, respetando las debidas instancias, sus observaciones, peticiones, inquietudes, propuestas, etc. de forma personal o por escrito.

Es obligación del alumno:

7.12. Conocer el presente reglamento.

7.13. Respetar a todas las personas que integran la comunidad académica de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

7.14. Respetar las actividades inherentes al buen desarrollo de los programas académicos, dentro o fuera de las instalaciones de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

7.15. Presentarse en el salón de clases puntualmente.

7.16. Al inicio de cada sesión de clase, permanecer en el salón durante el lapso de espera al docente de 10 minutos. Si, después de transcurrido ese tiempo se presenta el docente, no será válida la posible falta del alumno ausente.

7.17. Abstenerse de introducir personas ajenas a la institución, salvo expresa autorización del Director, Subdirección Académica o Coordinador de licenciatura.

7.18. Abstenerse de usar el nombre o el logotipo de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. y declarar en su nombre, salvo autorización o asignación expresa de las autoridades de la institución.

7.19. Respetar el mobiliario, las instalaciones y los equipos, siendo responsable de resarcir los costos correspondientes en su caso.

7.20. Portar en lugar visible la credencial que lo acredita como miembro de la comunidad AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., para acceder a las instalaciones y actividades externas, así como para recibir servicios académicos o administrativos. A partir de la entrega de la credencial al alumno deberá portarla en un lugar visible, no debiendo rayarla, alterarla o pintarla de ninguna forma o será sancionado. (Ver Apartado 16)

7.21. Asistir a clases y otras actividades vistiendo de manera apropiada y presentable.

7.22. Usar obligatoriamente la playera oficial cuando se le solicite en todas las actividades públicas de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

7.23. Participar en todas las actividades que convoque la escuela con carácter obligatorio. Por cada actividad que de forma injustificada el alumno no participe será penalizado con disminución en la calificación de la asignatura Conferencias y Congresos o equivalente.

8. EVALUACIÓN / ACREDITACIÓN DE ASIGNATURAS.

8.1. Para acreditar una asignatura, se requiere obtener una calificación de entre 6 (seis) y 10 (diez). La leyenda “N/P” (“No presentó”) es equivalente a 0 (cero) en las evaluaciones parciales y a 5 (cinco) en las ordinarias o finales.

8.2. En las evaluaciones parciales y ordinarias, las calificaciones podrán ir del 0 (cero) al 10 (diez) con décimas de punto. Para la obtención de la calificación final semestral, se promediarán las evaluaciones parciales y ordinarias de la siguiente forma: El promedio de las 4 evaluaciones parciales equivaldrá al 50% de la calificación final semestral. El restante 50% será el resultado del examen final ordinario. En este resultado final las calificaciones irán del 5 (cinco) al 10 (diez), sin décimas de punto. En el caso de obtener una calificación final con décima igual o menor a 5 (cinco), se otorgará el punto inferior, mientras que si la décima es igual o mayor de 6 (seis) se otorgará el punto superior. El Departamento de Control Escolar realizará automáticamente ese cálculo y publicará las calificaciones finales en todas las asignaturas a partir del último día del período final de evaluaciones y hasta antes del inicio del siguiente semestre.

8.3 A consideración del Coordinador de la licenciatura correspondiente, en el caso de las asignaturas Prácticas de Campo y/o Conferencias y Congresos podría no aplicarse una evaluación ordinaria o final. En este caso la calificación final semestral será igual al promedio obtenido de las 4 evaluaciones parciales.

8.4. Las tareas y trabajos requeridos por los profesores deberán ser entregados en la fecha y hora indicadas. En caso contrario, el docente considerará en un trato directo, profesional y personal con el alumno si recibe fuera de tiempo la tarea o trabajo. Si esto se lleva a cabo el docente deberá penalizar al alumno con una disminución de su calificación, siendo 8 (ocho) la máxima calificación posible en este caso.

8.5. A partir de la aplicación de cualquier evaluación, el docente tendrá la obligación ineludible de proporcionar al estudiante las respuestas correctas a todas las preguntas contenidas en el temario de dicha evaluación, o en caso de un trabajo práctico deberá explicar el proceso correcto y el resultado esperado, todo esto deberá efectuarse en la siguiente clase programada posterior a la evaluación, mostrándole al alumno los errores en los que ha incurrido en dicha evaluación y procurando su mejora constante.

8.6. En caso de ausencia del docente que aplicó la evaluación de la asignatura, el Coordinador académico o el Coordinador de la licenciatura correspondiente podrá nombrar a otro docente para que haga la evaluación solicitada. Una misma evaluación no podrá ser objeto de más de una revisión, ni de disminución en la calificación original.

8.7. La calificación en cualquier evaluación sólo podrá ser modificada por el docente titular de la asignatura como consecuencia de una revisión exhaustiva de la misma y dentro del período comprendido en los siguientes 5 días hábiles a partir de la publicación de los resultados (Ver 8.2). En caso de ausencia del docente y solo en un caso especial autorizado podrá una calificación ser modificada por el Coordinador de Licenciatura, Subdirección Académica y/o Dirección.

8.8. Un alumno no podrá cursar asignaturas de diferentes niveles o semestres, pues para poder cursar las materias del semestre siguiente deberá obligatoriamente aprobar todas las materias del semestre previo.

8.9. Un alumno podrá solicitar al docente presentar máximo durante la segunda semana del semestre un examen de suficiencia para no cursar alguna asignatura o bien comprobar un nivel académico-intelectual superior al programado, demostrando a través de éste, que posee los conocimientos necesarios indicados en el programa correspondiente. el alumno sólo podrá solicitar un máximo de dos asignaturas con esta modalidad y no causará ningún descuento en la colegiatura mensual. La solicitud, fecha de aplicación y resultado del examen de suficiencia deberá ser comunicado de inmediato al Departamento de Control Escolar y a la Coordinación de la Licenciatura correspondiente.

8.10. Todos los alumnos deberán cursar, obligatoriamente, cada semestre un taller especializado, con la finalidad de lograr un buen nivel profesional. Este taller será programado oportunamente.

8.11. A consideración del docente y según la viabilidad de la materia, las faltas de ortografía podrán ser penalizadas a razón de 1/10 de punto cada una, siempre y cuando esta medida haya sido hecha del conocimiento del alumno y del Coordinador de la licenciatura correspondiente, al principio del semestre.

8.12. En caso de no acreditar una asignatura en el periodo ordinario de evaluación, el alumno podrá presentar un examen extraordinario en el que no podrá obtener una calificación superior a 7 (siete). De reprobar éste, el alumno deberá presentar un examen a título de suficiencia con apoyo de Tutoría. (Ver Apartado 14)

8.13. Los derechos relativos al punto anterior serán dados a conocer a principios de cada semestre.

9. INASISTENCIAS.

9.1. No se justificarán inasistencias por ninguna causa; solo en caso de enfermedad o fuerza mayor, plenamente comprobable y notificada con oportunidad o por razones profesionales debidamente autorizadas por el Coordinador de la licenciatura o el Coordinador académico. No se consideran causas de fuerza mayor la elaboración de trabajos de otras asignaturas o actividades personales de tipo social o laboral.

9.2. Cuando el alumno sea asignado a realizar prácticas de campo (Ver Apartado 10) y éstas, por necesidad misma de la asignación interfiera con más del 30% del horario normal de clase semestral de alguna asignatura podrá solicitar al Coordinador de la Licenciatura correspondiente cursar y acreditar dicha asignatura parcial o totalmente mediante la entrega de proyectos, investigaciones o tareas académicas especiales. El Coordinador de licenciatura correspondiente deberá asegurarse que a través de estas tareas especiales el alumno desarrolle todas las habilidades y conocimientos necesarios de cada programa académico y se complemente con el cumplimiento de la práctica asignada, cumpliendo así con los objetivos planteados en cada asignatura.

9.3. El Departamento de Control Escolar recibirá mensualmente el registro de inasistencias que el alumno ha tenido y computará las mismas. Dicho registro será entregado por el docente titular de cada asignatura y dentro del período de evaluaciones parciales.

9.4. Para tener derecho a presentar examen ordinario en cualquier asignatura el alumno deberá cubrir un mínimo de 80% de asistencias y después de sumar las 4 calificaciones parciales haber obtenido un promedio final igual o superior a 6.0.

9.5. Previo al período de exámenes ordinarios, el Departamento de Control Escolar publicará la relación por asignatura de los alumnos que con base en el punto anterior han perdido el derecho a presentar un examen ordinario. En este caso, el alumno deberá presentar un examen extraordinario.

9.6. Para tener derecho a presentar examen extraordinario el alumno deberá cubrir mínimo el 60% de asistencias en alguna asignatura.

9.7. De no aprobar el examen extraordinario o perder el derecho al mismo, el alumno deberá presentar un examen a título de suficiencia con apoyo de Tutoría, considerándose esta como la última instancia para aprobar una materia. (Ver Apartado 14)

9. 8. Si el alumno ha perdido el derecho a presentar examen ordinario en 4 ó más asignaturas, ha reprobado más de 2 exámenes extraordinarios o no aprueba un examen a título de suficiencia con apoyo de Tutoría, será considerado baja temporal y deberá cursar nuevamente el semestre.

10. PRÁCTICAS DE CAMPO.

10.1. Basándose en evaluaciones, necesidades, intereses y objetivos específicos de los alumnnos y la institución es obligación del Coordinador de Prácticas en conjunto con el Coordinador de Licenciatura respectiva asignar adecuadamente prácticas de campo a cada estudiante de AS MEDIA y determinar el tipo de practicante de cada uno.

10.2. Tipo de practicantes:

• Practicante "A": es aquel que se desempeña como RESPONSABLE directo de un puesto en un área específica durante una jornada completa de trabajo.
• Practicante "B": es aquel que se desempeña como INTEGRANTE de equipo en un área específica durante un tiempo determinado.
• Practicante "C": es aquel que se desempeña como ASISTENTE en algún área o proyecto específico y busca acceder a una de las plazas superiores.

10.3. Prácticas de Campo es una asignatura integrante de los programas académicos de AS MEDIA, por tanto se deberán cumplir estrictamente los mismos criterios de evaluación y control que las asignaturas cursadas normalmente.

10.4. Será obligación de cada Coordinador de Licenciatura en conjunto con el Coordinador de Prácticas supervisar y evaluar adecuadamente a cada practicante, procurando que no afecte sus horas de clase. (Ver artículo 9.2).

10.5. Es obligación del alumno cumplir con todas las responsabilidades académicas y de prácticas de campo asignadas.

10.6. Las prácticas de campo podrán tener una duración máxima de 6 meses en cada cargo. Al término de este período se asignará al alumno a otra área de prácticas.

10.7. Si durante el período asignado el alumno, a criterio del Coordinador de Prácticas, se desempeñó de forma destacada, podrá solicitar permanecer en dicha área por otro período máximo de 6 meses.

10.8. Si durante la actividad asignada se detecta que dicha área no cumple con las necesidades y objetivos específicos del alumno y la institución, el alumno podrá solicitar el cambio de asignación de prácticas, pero deberá hacer dicha solicitud por escrito y deberá autorizarla la coordinación de licenciatura respectiva.

10.9. Si el alumno no cumple adecuadamente con alguna asignación, el Coordinador de Prácticas lo penalizará de acuerdo a la gravedad del incumplimiento con:

a) disminución de calificación en la asignatura Prácticas de Campo,
b) amonestación verbal o por escrito,
c) suspensión de prácticas temporalmente,
d) suspensión de prácticas definitivamente.

10.10. El Coordinador de Prácticas evaluará frecuentemente el desempeño del alumno en la práctica asignada; el resultado de dichas evaluaciones será un factor importante a considerar cuando se solicite o revise el porcentaje de una beca otorgada, pues todos los alumnos que gozan del apoyo de una beca deberán desempeñarse de forma destacada como practicantes. (Ver Apartado 12). Un alumno con suspensión temporal o definitiva de prácticas no podrá ser beneficiario de beca alguna.

11. ÁREA DE ESPECIALIZACIÓN.

11.1. En el último semestre de licenciatura (en algunos planes de estudio) el alumno puede elegir un área terminal de especialización con la finalidad de prepararse mejor en un área específica disponible.

11.2. El alumno deberá elegir un área de especialización un mínimo de 60 días antes de concluir el penúltimo semestre de su plan de estudios en curso y entregar por escrito al Coordinador de la Licenciatura el formato correspondiente de ingreso al área de su elección.

11.3. Cada año tomando en cuenta la viabilidad y aprovechamiento profesional, AS MEDIA se reserva el derecho de abrir o no un área de especialización.

12. BECAS.

12.1.  AS MEDIA otorga un tipo de beca: la llamada BECA SEP que cubre el requisito legal ante la autoridad educativa, otorgándose en base al promedio, aprovechamiento y estudio socioeconómico solicitado previo al inicio del semestre.

12.2. La evaluación final servirá de base para el cálculo y aplicación del descuento del período siguiente.

12.3. Los estudiantes que se beneficien de alguna beca SEP deberán mantener un promedio mínimo de 9 para seguir gozando de éste apoyo económico salvo casos autorizados por el comité de becas.

12.4. Las becas serán revisadas por la Dirección, Subdirección Académica y Coordinación de Licenciatura correspondiente cada 3 meses y se renovarán o cancelarán de acuerdo al cumplimiento del punto anterior.

12.5. Las solicitudes de beca SEP se realizarán cada semestre, de acuerdo a la convocatoria emitida por la SEP y deberán ajustarse a los períodos y cláusulas marcadas para tal efecto. La respuesta a la solicitud será otorgada por AS MEDIA dentro de los 10 primeros días del mes inicial del semestre correspondiente.

12.6. El alumno beneficiado de cualquier tipo de beca deberá cubrir obligatoriamente con prácticas de campo y proyectos asignados. (Ver apartado 10).

12.7. Son causa de disminución de beca o revocación de beca:

a) Si el alumno incurre en una falta grave en sus prácticas profesionales como incumplimiento injustificado o indisciplina

b) No aprobar de forma ordinaria una o más asignaturas al final del semestre.

c) No obtener el promedio de calificaciones solicitado por la institución al momento de otorgar la beca.

13. PREMIO AS MEDIA.

Recibirá el "PREMIO A LA EXCELENCIA AS MEDIA" el alumno que cumpla con los siguientes requisitos:

13.1. Haber cursado y aprobado todas las asignaturas de su programa académico correspondiente de forma ininterrumpida y en modalidad ordinaria.

13.2. Haber obtenido el promedio más alto de su generación al final de su vida académica en la institución, dicho promedio general final deberá ser igual o superior a 9.6 (nueve punto seis).

13.3. Haber acreditado de manera sobresaliente las asignaturas de Prácticas de campo o equivalentes.

13.4. El premio será otorgado únicamente al promedio más alto por licenciatura. En caso de empate y para decidir al ganador se tomará en cuenta el desempeño del alumno en prácticas de campo, asignaciones especiales y comportamiento durante su estancia en la institución. Dicho criterio de desempate será elaborado por la Subdirección Académica en conjunto con el Coordinador de Licenciatura correspondiente.

14. TUTORÍAS.

14.1. Las tutorías son programas de asignaturas cursados por el estudiante cuando, por serios inconvenientes, no ha podido cumplir una secuencia normal del programa académico.

14.2. Las Tutorías tienen una metodología de docencia especial, bajo la dirección de un docente y la supervisión del Coordinador de la Licenciatura correspondiente.

14.3. El alumno puede solicitar a la Coordinación de la Licenciatura correspondiente cursar una materia por Tutoría. Igualmente el Coordinador de Licenciatura puede recomendar a un alumno cursar una materia por tutoría en caso de detectar su viabilidad, pertinencia o necesidad.

14.4. Después de atender una solicitud de tutoría, el Coordinador de la licenciatura la registrará y fijará la fecha de inicio.

14.5. El Coordinador de Licenciatura asignará a un docente para hacerse cargo de la tutoría.

14.6. Las asignaturas ofrecidas por Tutoría deben ser materias adaptables a esta metodología de enseñanza e impartirse a un grupo no mayor de 3 (tres) estudiantes.

14.7. El Coordinador de Licenciatura realizará un diagnóstico de cada situación particular de tutoría y revisará que dicha tutoría tenga una duración máxima equivalente a las dos terceras partes de las horas-clase de la asignatura regular.

14.8. Cada Coordinación de Licenciatura, en acuerdo con la Subdirección Académica y la Dirección, establecerá qué asignaturas son adecuadas para ser ofrecidas mediante la modalidad de Tutoría.

14.9. El docente impartirá la tutoría en los tiempos y formas programadas evaluando al final el desempeño del alumno y entregando el resultado al Coordinador de Licenciatura correspondiente.

14.10. Una vez cursada y aprobada la tutoría se considera como asignatura aprobada en última instancia.

14.11. Ningún estudiante podrá tomar más de dos asignaturas por tutoría en un mismo semestre.

14.12. El costo de cada Tutoría será determinado por AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. al inicio del semestre y deberá ser cubierto en su totalidad por el alumno.

15. DISCIPLINA.

Está estrictamente prohibido:

15.1. Entrar y salir del salón durante las clases, salvo emergencia justificada o autorización previa.
15.2. Alterar el orden en clase o en cualquier otra actividad. Lo anterior implica la expulsión de dicha clase o actividad y se equipara a falta.
15.3. Fumar dentro de las instalaciones de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., salvo en las áreas específicas designadas para ese fin.
15.4. Presentarse en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna droga.
15.5. Introducir a las instalaciones de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., cualquier tipo de sustancias tóxicas, psicotrópicas, estupefacientes, enervantes, bebidas alcohólicas y armas.
15.6. Tomar cualquier tipo de alimentos en salones de clases, biblioteca, salas especiales, centro de cómputo, islas de edición, cabina de producción, estudio y otras áreas específicas.
15.7. Utilizar teléfonos celulares en clase, incluso en modo “vibrador”. La falta a esta disposición amerita la expulsión de dicha clase y se equipara a falta.

16. SANCIONES.

16.1. Toda violación o incumplimiento a lo previsto en este reglamento o normas que de él emanen, podrá ser sancionado por el Consejo Disciplinario de AS MEDIA, mismo que estará integrado por el Director, Subdirecciones, Coordinadores de Licenciaturas, Coordinador de Control Escolar.
16.2. Dichas violaciones podrán ser sancionadas de acuerdo a su gravedad con:
16.2.1. Amonestación verbal o por escrito,
16.2.2. Suspensión temporal,
16.2.3. Reparación de los daños, cuando amerite,
16.2.4. Baja definitiva,
16.2.5. La que designe el Consejo Disciplinario.

Consideraciones:

16.3. Cuando el docente aplique una sanción, debe comunicársela al estudiante y al Coordinador de la licenciatura correspondiente, así como a Subdirección Académica y al Director en su caso.
16.4. Cuando un grupo completo no se presente a una clase sin causa plenamente justificada, se considerará falta colectiva. A la segunda falta colectiva, se cancelará la asignatura (clases y evaluaciones) en ese periodo, con calificación reprobatoria para todos los integrantes del grupo.
16.5. El alumno que se presente al plantel en estado de ebriedad o bajo el influjo de algún enervante o droga será automáticamente dado de baja definitiva.

17. BAJA DE ALUMNOS.

17.1. Baja temporal.
Es la suspensión, por un tiempo determinado, de la relación académica entre el estudiante y AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

La baja temporal puede obedecer a alguna de las siguientes razones:
17.1.1. Enfermedad o causa de fuerza mayor
17.1.2. No inscribirse o reinscribirse al periodo correspondiente en tiempo y forma.
17.1.3. No cubrir la cuota de inscripción o reinscripción en tiempo y forma.
17.1.4. Adeudar 2 ó más cuotas mensuales.
17.1.5. Por voluntad propia, previo aviso a la Subdirección Académica, a la Coordinación de la licenciatura correspondiente y a la administración.

17.2. Baja definitiva.
Implica la terminación total de la relación académica entre el estudiante y AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.

La baja definitiva puede obedecer a alguna de las siguientes razones:
17.2.1. Haber reprobado o perdido el derecho de presentar examen ordinario en cuatro o más asignaturas.
17.2.2. Haber reprobado o perdido el derecho de presentar examen extraordinario en más de 2 asignaturas.
17.2.3. Haber reprobado un examen a título de suficiencia con apoyo de tutoría.
17.2.4. No alcanzar un promedio mínimo o superior a 6.0 (seis) en el semestre.
17.2.5. Violar gravemente el reglamento.
17.2.6. Entrega de documentación falsificada.
17.2.7. Por voluntad propia.

18. PAGOS.

18.1. El pago de inscripción deberá efectuarse antes del primer día de clases del período correspondiente. Este pago es anual y se considera como reinscripción a partir del tercer semestre.
18.2. El pago de reinscripción deberá efectuarse 2 semanas antes del inicio del semestre correspondiente.
18.3. Las mensualidades deben ser cubiertas dentro de los diez primeros días del mes correspondiente. De lo contrario, el sistema solo aceptará el pago dentro de los diez primeros días del mes siguiente, con un recargo del diez por ciento aplicado por la institución bancaria designada para tal efecto.

Consideraciones:

18.4. El retraso en el pago de la colegiatura por más de un mes implica:
18.4.1. Baja temporal inmediata
18.4.2. No poder solicitar constancias de estudios, de no adeudo o similares.
18.4.3. No tener acceso a instalaciones y servicios de AS MEDIA o TV Azteca Puebla.
18.5. Cualquier asunto en relación a pagos que no esté contemplado en el presente reglamento, deberá tratarse personalmente, previa cita, con el Departamento de Contabilidad o Dirección.

19. BIBLIOTECA.

19.1. El usuario de biblioteca deberá mantenerse en silencio, así como mostrar respeto al personal, sus instalaciones y colecciones, de lo contrario el usuario será sancionado con la expulsión de la misma.
19.1. La biblioteca es para uso exclusivo de alumnos, docentes y personal del Centro de Formación.
19.2. El horario de servicio será de 10:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs. Lunes a Viernes
19.3. Está estrictamente prohibido fumar, beber o comer dentro de la biblioteca, así como el introducir bolsos grandes y/o paquetes.
19.4. El usuario podrá solicitar en préstamo material didáctico y de investigación, tal como: libros, videos, revistas, etc. Este préstamo será efectuado en la mesa de entrada de Biblioteca.
19.5. Será responsabilidad del usuario revisar el material bibliográfico que retira.
19.6. Los períodos de préstamo serán asignados según la tipología del material. Ejemplo: Tipo de material: libro; plazo del préstamo: 2 días hábiles; tolerancia en demora: 1 día.
19.7. La cantidad de volúmenes que se otorgarán en forma de préstamo será máximo 2 por usuario, pudiendo la biblioteca limitar dicha cantidad de acuerdo a necesidades y solicitudes previas.
19.8. Los préstamos podrán renovarse hasta un máximo de 2 veces consecutivas. Reservándose la biblioteca el derecho de negar dicha renovación en caso de reserva previa por parte de otro usuario.
19.9. Los volúmenes prestados deberán ser regresados en la fecha indicada al momento del registro. El usuario que no devuelva en tiempo y forma acordado el material prestado será suspendido temporalmente de sus derechos como usuario de biblioteca, además del cargo de $10 (diez pesos) por cada día extra sin devolver el material. Dicho cargo se hará automáticamente al saldo registrado en Contabilidad.
19.10. Se considera una falta grave a la institución el escribir, dañar, extraviar o negar cualquier material perteneciente a la biblioteca.

 
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