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I. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. El presente reglamento interno rige todas las actividades realizadas, propuestas y proyectadas en lo referente tanto a la parte administrativa como a la disciplinaria y a la académica.
1.2. Los asuntos no incluidos en este reglamento serán resueltos por las autoridades correspondientes de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
1.3. Cualquier violación al cumplimiento de los principios contenidos en este reglamento será sancionada. (Ver Apartado 16).
1.4. Este reglamento interno entra en vigor el 4 de septiembre de 2006.
II. ADMISIÓN
2.1. Para ingresar a AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., se requiere tener un promedio general mínimo de 8 (Ocho) en educación media superior (bachillerato o preparatoria).
2.2. El aspirante a ingresar a la institución que no tenga este promedio mínimo, podría tener la oportunidad de ingresar pero condicionado a alcanzar promedio de 8 (ocho) en un plazo máximo de 3 meses, firmando para estos efectos una carta compromiso ante la Coordinación Académica.
De no obtener dicho promedio será considerado inmediatamente baja temporal.
2.3 Para ser considerado alumno de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., el aspirante deberá aprobar los exámenes de ubicación, psicométrico y médico, en los tiempos y formas que la institución ha dispuesto para estos fines. Para el ingreso a la institución se considerarán los resultados más altos obtenidos en dichos exámenes de ubicación y psicométrico así como el cupo disponible por grupo.
2.4. Una vez aprobados los respectivos exámenes, el aspirante deberá entrevistarse con el Coordinador de la Licenciatura correspondiente quien evaluará y reafirmará finalmente las condiciones académicas y potencialmente profesionales del aspirante a ingresar a la institución.
Si la entrevista es satisfactoria se le otorgará al aspirante una ficha de aceptación (con observaciones por escrito), misma que deberá entregar a Control Escolar al momento de inscribirse.
2.5. Junto con la ficha de aceptación el aspirante deberá entregar a control escolar la totalidad de la documentación requerida hasta antes del primer día de clases del semestre de ingreso. Incluyendo el certificado de acreditación de nivel medio superior, mismo que en algunos casos aprobados por la Coordinación Académica podrá ser entregado en un plazo máximo de 3 meses.
2.6. Todos los documentos requeridos por AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. y que conforman el expediente del alumno están bajo custodia de la institución tienen carácter estrictamente confidencial. Sin embargo, son sujetos de revisiones periódicas por parte de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla.
2.7. Los documentos a que hace referencia el punto anterior serán devueltos al estudiante al término de la relación académica, ya sea por titulación o baja. En casos muy especiales, y enteramente justificados, dichos documentos podrán ser proporcionados temporalmente a su titular, previa autorización por escrito del Director o del Coordinador Académico.
III. INSCRIPCIÓN - REINSCRIPCIÓN
3.1. El pago de la inscripción o reinscripción en su caso es anual y debe ser cubierto antes del primer día de clases del ciclo correspondiente para que el alumno sea considerado inscrito en un periodo académico.
3.2. Solo podrán reinscribirse aquellos alumnos que no adeuden cuotas mensuales.
3.3. No inscribirse, no reinscribirse, o hacerlo fuera del período correspondiente amerita baja temporal inmediata.
3.4. No podrá reinscribirse ningún alumno que haya reprobado 3 ó más materias en el período respectivo.
IV. CALENDARIO ESCOLAR
4.1. Todos los períodos académicos de AS MEDIA Centro de Formación Profesional, A.C. constan de 24 semanas lectivas completas, incluyendo la de evaluaciones finales.
4.2. No se considera ningún tipo de período vacacional. Los únicos días de suspensión de clases serán aquellos expresamente marcados como descanso obligatorio por la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla y aquellos que aparecen en el Calendario oficial que se dará a conocer a principios de cada semestre lectivo.
4.3. En caso de realizarse alguna actividad extraescolar previamente autorizada por la Dirección de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, se suspenderán las labores académicas. No exentando de esto a los alumnos a cumplir con sus asignaciones en prácticas profesionales, turnos de guardia o tareas programadas.
V. ASIGNATURAS
5.1. Asignatura es el conjunto de exposiciones, investigaciones, evaluaciones y talleres alrededor de un tema con objetivo específico, que debe ser alcanzado por los estudiantes en un periodo lectivo.
5.2. El programa académico es el conjunto de asignaturas, en un orden determinado, que AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. ha previsto que el alumno curse durante la licenciatura. Este programa ha sido aprobado por la Secretaría de Educación Pública del estado de Puebla. AS MEDIA. Centro de Formación Profesional, A.C. se reserva el derecho de modificar y adaptar el programa académico con el propósito de actualizarlo y mejorarlo, previo acuerdo con las autoridades educativas.
5.3. El programa o temario de cada asignatura consta de los objetivos tanto generales como específicos a alcanzar en el periodo lectivo correspondiente, el contenido de cada unidad, con la bibliografía correspondiente, incluyendo aquella de consulta; así como la metodología a seguir en el aula o fuera de esta y el sistema de evaluación.
VI. EL PROFESOR
El profesor de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., tiene derecho a:
6.1. Ser tratado de manera digna y respetuosa por todos los integrantes de la comunidad AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
6.2. La confidencialidad de los datos registrados en su expediente administrativo, mismos que serán de uso exclusivamente académicos y para trámites oficiales.
6.3. Conocer oportunamente el presente reglamento y el calendario escolar que contiene las fechas de evaluaciones y de suspensiones de labores.
6.4. Recibir oportunamente la información necesaria para el buen cumplimiento de sus labores.
6.5. Conocer los servicios académicos y administrativos con que cuenta.
6.6. Recibir una credencial que lo acredite como docente de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
6.7. Comunicar a las autoridades correspondientes, respetando las debidas instancias, sus observaciones, peticiones, inquietudes, propuestas, etc., de manera personal o por escrito.
Son obligaciones del profesor:
6.8. Ceñirse estrictamente al calendario escolar, salvo autorización expresa de la Dirección o de la Coordinación académica, previo visto bueno del Coordinador de licenciatura.
6.9. Planear, desarrollar y aplicar adecuadamente el programa de la asignatura a su cargo procurando alcanzar los objetivos previstos.
6.10. Al principio del semestre entregar a los alumnos el programa académico (temario) de la asignatura a su cargo, así como también la bibliografía sugerida, la metodología de clase y detalladamente la metodología de evaluación respectiva. Asegurando así el estudio personal y aprovechamiento desde el inicio del semestre.
6.11. Pasar lista al principio de cada clase, otorgando a los alumnos una tolerancia máxima de 5 (cinco) minutos sin causar retardo y una máxima de 10 (diez) minutos para tener acceso al salón pero causando retardo. Después de 10 minutos del inicio de la hora de clase, no se permitirá el acceso al salón a ningún alumno. Tres retardos, sin importar el motivo, equivaldrán a una falta.
6.12. Devolver a la Coordinación de licenciatura correspondiente las preactas que le fueron entregadas oportunamente y que deberán contener las calificaciones y el total de inasistencias de todos los alumnos en el mes correspondiente, esta devolución deberá efectuarse a más tardar un día hábil después del periodo de evaluaciones.
6.13. Firmar el libro de asistencias, con horas de entrada y salida y el tema correspondiente a cada sesión de clase.
6.14. Presentarse en el salón de clases puntualmente, con una tolerancia máxima de 10 (diez) minutos. Es obligación de los estudiantes permanecer en el salón durante ese lapso. Si, después de transcurrido ese tiempo se presenta el profesor, no será válida la posible falta del alumno presente.
6.15. Proporcionar asesoría académica al alumno que la requiera, previa solicitud o cita.
6.16. Abandonar el salón de clases 5 minutos antes del inicio de la próxima sesión asignada.
6.17. Aplicar personalmente las evaluaciones parciales y ordinaria, en caso de imposibilidad, deberá entregar los exámenes a la coordinación respectiva, para que ésta designe a un sinodal sustituto, mismo que no podrá evaluar dichos exámenes.
6.18 Asistir a las reuniones de trabajo, cursos, talleres y otras actividades a que convoque la Dirección, la Coordinación académica o la Coordinación de licenciatura correspondiente.
Consideraciones:
6.19. Si ha comenzado la hora de inicio de sesión de clase y el catedrático de la sesión inmediata anterior aún continúa dentro del salón, será obligación del catedrático titular de la asignatura afectada avisar de inmediato a Control Escolar, Coordinación Académica o Dirección para tomar las medidas pertinentes.
6.19. Cada profesor acordará con el responsable de la licenciatura correspondiente el método de evaluación a seguir en cada asignatura para su análisis y revisión.
6.20. El profesor tendrá oportunidad de enriquecer el programa académico si lo considera conveniente para el mejor aprovechamiento de los alumnos, previo aviso por anticipado y autorización de la instancia correspondiente.
6.21. AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., evalúa semestralmente al profesor de cada asignatura con el propósito de procurar y mantener un alto nivel académico. Los resultados de esa evaluación serán hechos del conocimiento de cada docente en una reunión de análisis y discusión con el Director, el Coordinador académico y/o el Coordinador de la licenciatura correspondiente.
VII. EL ALUMNO
El alumno tiene derecho a:
7.1. Ser tratado de manera digna y respetuosa por todos los integrantes de la comunidad académica.
7.2. La confidencialidad de los datos contenidos en su expediente personal, mismos que serán de uso estrictamente académico por parte tanto de la institución como de la Secretaría de Educación Pública del estado de Puebla o de otras instancias oficiales.
7.3. Conocer oportunamente el presente reglamento, así como el calendario escolar vigente que incluye fechas de evaluaciones y de suspensiones de labores.
7.4. Recibir oportunamente la información que requiera para el buen desarrollo de sus estudios.
7.5. Conocer los servicios académicos y administrativos que ofrece AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
7.6. Recibir asesoría académica cuando la requiera, previa solicitud o cita.
7.7. Recibir constancias que acrediten sus estudios y su situación tanto académica como administrativa.
7.8. Recibir una credencial que lo acredite como alumno de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. Esta credencial le permite al alumno el acceso a la escuela y a los servicios que esta ofrece, así como también, con previa asignación, le permite el acceso a las instalaciones de TV Azteca Puebla.
7.9. Comunicar a las autoridades correspondientes, respetando las debidas instancias, sus observaciones, peticiones, inquietudes, propuestas, etc. de forma personal o por escrito.
7.10. Ser representado en el Consejo Disciplinario de AS MEDIA. Para esto, un alumno de cada licenciatura será elegido por el mismo alumnado durante los primeros 15 días de cada semestre.
Es obligación del alumno:
7.11. Conocer el presente reglamento.
7.12. Respetar a todas las personas que integran la comunidad académica de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
7.13. Respetar las actividades inherentes al buen desarrollo de los programas académicos, dentro o fuera de las instalaciones de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
7.14. Presentarse en el salón de clases puntualmente.
7.15. Permanecer en el salón durante el lapso de espera al profesor de 10 minutos. Si, después de transcurrido ese tiempo se presenta el profesor, no será válida la posible falta del alumno presente.
7.16. Abstenerse de introducir personas ajenas a la institución, salvo expresa autorización del Director, Coordinador académico o Coordinador de licenciatura.
7.17. Abstenerse de usar el nombre o el logotipo de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C. y declarar en su nombre, salvo autorización o asignación expresa de las autoridades de la institución.
7.18. Respetar el mobiliario, las instalaciones y los equipos, siendo responsable de resarcir los costos correspondientes en su caso.
7.19. Portar en lugar visible el gafete que lo acredita como miembro de la comunidad AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., para acceder a las instalaciones y actividades externas, así como para recibir servicios académicos o administrativos.
7.20. Asistir a clases y otras actividades vistiendo de manera apropiada y presentable.
7.21. Usar obligatoriamente la playera oficial en todas las actividades públicas de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
7.22. Participar en todas las actividades que convoque la escuela con carácter obligatorio. Por cada actividad que de forma injustificada el alumno no participe será penalizado con un punto menos en la calificación de la asignatura Conferencias y Congresos.
VIII. EVALUACIÓN / ACREDITACIÓN DE ASIGNATURAS
8.1. Para acreditar una asignatura, se requiere obtener una calificación de entre 6 (seis) y 10 (diez). La leyenda “NP” (“No presentó”) es equivalente a 0 (cero) en las evaluaciones parciales y a 5 (cinco) en las ordinarias o finales.
8.2. En las evaluaciones parciales y ordinarias, las calificaciones podrán ir del 0 (cero) al 10 (diez) con décimas de punto. Para la obtención de la calificación final semestral, se promediarán las evaluaciones parciales y ordinarias de la siguiente forma: El promedio de las 5 evaluaciones parciales equivaldrá al 50% de la calificación final semestral. El restante 50% será el resultado del examen final ordinario. En este resultado final las calificaciones irán del 5 (cinco) al 10 (diez), sin décimas de punto. En el caso de obtener una calificación final con décima igual o menor a 5 (cinco), se otorgará el punto inferior, mientras que si la décima es igual o mayor de 6 (seis) se otorgará el punto superior. El Departamento de Control Escolar realizará automáticamente ese cálculo y publicará las calificaciones finales en todas las asignaturas a partir del último día del período final de evaluaciones y hasta antes del inicio del siguiente semestre.
8.3 A consideración del Coordinador de la licenciatura correspondiente, en el caso de las asignaturas Prácticas de Campo y/o Conferencias y Congresos podría no aplicarse una evaluación ordinaria o final. En este caso la calificación final semestral será igual al promedio obtenido de las 5 evaluaciones parciales.
8.4. Las tareas y trabajos requeridos por los profesores deberán ser entregados en la fecha y hora indicadas. En caso contrario, el profesor considerará en un trato directo y personal con el alumno si recibe fuera de tiempo la tarea o trabajo. Si esto se lleva a cabo el profesor deberá penalizar al alumno con una disminución severa de su calificación, siendo 8 (ocho) la máxima calificación posible en este caso.
8.5. A partir de la aplicación de cualquier evaluación, el profesor tendrá la obligación ineludible de proporcionar al estudiante las respuestas correctas a todas las preguntas contenidas en el temario de dicha evaluación, en un lapso no mayor a cuatro días hábiles, mostrándole los errores en los que ha incurrido.
8.6. En caso de ausencia del profesor que aplicó la evaluación de la asignatura, el Coordinador académico o el Coordinador de la licenciatura correspondiente podrá nombrar a otro profesor para que haga la evaluación solicitada. Una misma evaluación no podrá ser objeto de más de una revisión, ni de disminución en la calificación original.
8.7. La calificación en cualquier evaluación solo podrá ser modificada por el profesor titular de la asignatura como consecuencia de una revisión exhaustiva de la misma y dentro del período comprendido en los siguientes 15 días a la aplicación del examen, comunicando dicha modificación por escrito al Departamento de Control Escolar a través de la forma especial de cambio de calificación, misma que puede solicitar en la Coordinación de su licenciatura correspondiente. Pasando este plazo de 15 días el profesor no podrá realizar ninguna modificación a las calificaciones.
8.8. El alumno que tenga que cursar asignaturas de diferentes niveles o semestres, estará obligado a inscribirse en aquellas que estén ubicadas en los inferiores, no pudiendo llevar asignaturas de más de dos niveles o semestres consecutivos.
8.9. Un alumno podrá solicitar al profesor presentar durante la segunda semana del semestre un examen de suficiencia para no cursar alguna asignatura o bien acreditar un nivel superior, demostrando a través de éste, que posee los conocimientos necesarios indicados en el programa correspondiente. Solo se podrá solicitar un máximo de dos asignaturas con esta modalidad, y no causará ningún descuento en la colegiatura mensual. La solicitud, fecha de aplicación y resultado del examen de suficiencia deberá ser comunicado de inmediato al Departamento de Control Escolar y a la Coordinación de la Licenciatura correspondiente.
8.10. Todos los alumnos deberán cursar, obligatoriamente, cada semestre, un taller especializado, con la finalidad de lograr un buen nivel profesional. Este taller será programado oportunamente.
8.11. A consideración del profesor, y según la viabilidad de la materia, las faltas de ortografía podrán ser penalizadas a razón de 1/10 de punto cada una, siempre y cuando esta medida haya sido hecha del conocimiento del alumno y del Coordinador de la licenciatura correspondiente, al principio del semestre.
8.12. En caso de no acreditar una asignatura en el periodo ordinario de evaluación, el alumno podrá presentar, previo pago, un examen extraordinario en el que no podrá obtener una calificación superior a 7 (siete). De reprobar éste, el alumno deberá volver a cursar la materia, cubriendo la cuota respectiva.
8.13. Los derechos relativos al punto anterior serán dados a conocer a principios de cada semestre.
IX. INASISTENCIAS
9.1. No se justificarán inasistencias por ninguna causa; solo en caso de enfermedad o fuerza mayor, plenamente comprobable y notificada con oportunidad o por razones profesionales debidamente autorizadas por el Coordinador de la licenciatura o el Coordinador académico. No se consideran causas de fuerza mayor la elaboración de trabajos de otras asignaturas o actividades personales de tipo social o festivo.
9.2. Cuando el alumno sea asignado a realizar prácticas de campo (Ver Apartado 10) y éstas, por necesidad misma de la asignación interfiera con más del 10% del horario normal de clase de alguna asignatura podrá solicitar al Coordinador de la Licenciatura correspondiente y al Coordinador de Prácticas cursar y acreditar dicha asignatura parcial o totalmente mediante la modalidad de Tutoría (Ver Apartado 14), éstos evaluarán dicha solicitud y expedirán en su caso la autorización correspondiente.
9.3. El Departamento de Control Escolar recibirá mensualmente el registro de inasistencias que el alumno ha tenido y computará las mismas. Dicho registro será entregado por el profesor titular de cada asignatura y dentro del período de evaluaciones parciales.
9.4. Para tener derecho a presentar examen ordinario en cualquier asignatura el alumno deberá cubrir un mínimo de 85% de asistencias y después de sumar las 5 calificaciones parciales haber obtenido un promedio final superior a 5.9.
9.5. Previo al período de exámenes ordinarios, el Departamento de Control Escolar publicará la relación por asignatura de los alumnos que con base en el punto anterior han perdido el derecho a presentar un examen ordinario. En este caso, el alumno deberá presentar un examen extraordinario.
9.6. Para tener derecho a presentar examen extraordinario el alumno deberá cubrir mínimo el 70% de asistencias en alguna asignatura.
9.7. De no aprobar el examen extraordinario o perder el derecho al mismo, el alumno deberá cursar nuevamente la asignatura correspondiente.
9. 8. Si el alumno ha perdido el derecho a presentar examen ordinario en 4 ó más asignaturas o ha reprobado más de 2 exámenes extraordinarios, será considerado baja definitiva.
PRÁCTICAS DE CAMPO
10.1. Basándose en necesidades y obligaciones específicas, será obligación de cada Coordinador de Licenciatura o del Coordinador de Prácticas asignar adecuadamente a cada estudiante prácticas de campo y su nivel de practicante correspondiente (Ver artículo 10.7); así como también supervisar, evaluar y rotar adecuadamente a cada practicante, procurando que no afecte sus horas de clase.
10.2. El alumno deberá acreditar mensualmente un promedio general mínimo de 8 (ocho) y no adeudar ninguna colegiatura, de lo contrario la máxima calificación que podrá obtener en la asignatura Prácticas de Campo será de 6 (seis).
10.3. Es obligación del alumno cumplir con todas las responsabilidades académicas y de prácticas de campo asignadas.
10.4. Las prácticas de campo podrán tener una duración máxima de 6 meses en cada cargo antes de su rotación correspondiente.
10.5. Previa autorización del coordinador del área y licenciatura respectiva, el alumno podrá solicitar un cambio de área, pudiendo realizarse éste solamente una vez por semestre.
10.6. Prácticas de Campo es una asignatura más del programa académico de AS MEDIA, por tanto se deberán cumplir estrictamente los mismos criterios de evaluación y control que las asignaturas cursadas normalmente.
10.7 Clasificación de practicantes. Todo alumno de AS MEDIA deberá integrarse a alguna clasificación de las siguientes:
10.7.1. PRACTICANTE “A”: Es aquel que cubre como responsable directo una jornada completa de trabajo en TV Azteca o AS MEDIA y tiene derecho a una beca entre 50% y 100% dependiendo de la carga de trabajo y dificultad asignada. Esto se considera como una beca trabajo a menos de contar con una beca SEP. (Ver Apartado 12). Ejemplo: Editor de video, Director de Cámaras (LTV). Coordinador General de Área, Editor General (LDM).
10.7.2. PRACTICANTE “B”: Es aquel que puede estar bajo la supervisión de un responsable directo de área y cumple una jornada completa de trabajo o un proyecto asignado.
Ejemplo: Camarógrafo, Floor manager, Operador de VTR o Audio (LTV). Fotógrafo, Paste-up, Producción gráfica nivel intermedio (LDM).
10.7.3. PRACTICANTE “C”: Es aquel que está en entrenamiento y busca acceder a una de las plazas anteriores, en caso de no existir la vacante por un período prolongado, podrá solicitar su cambio de área a la Coordinación de Prácticas.
Ejemplo: Suplentes de practicantes B (LTV). Producción gráfica nivel básico (LDM)
10.7.4. PRACTICANTE “D”: Es aquel que se desempeña como ayudante general
Ejemplo: Atención al público, Microfonista (LTV). Mantenimiento de equipo, Asistente de área (LDM)
XI. ÁREA DE ESPECIALIZACIÓN
11.1. Tomando en cuenta la viabilidad y aprovechamiento profesional, AS MEDIA se reserva el derecho de abrir o no un área de especialización.
Para cursar el último semestre de especialización el alumno deberá cumplir con los siguientes requisitos:
11.2. Haber cursado y aprobado todas las asignaturas contenidas en el Programa Académico asignadas hasta el nivel anterior al último semestre de especialización.
11.3. Tener hasta un máximo de 2 asignaturas no acreditadas en el semestre actual y ninguna asignatura no acreditada en semestres anteriores.
11.4. 60 días antes de concluir el penúltimo semestre de su vida académica el alumno deberá elegir un área de especialización y entregar por escrito al Coordinador de la Licenciatura el formato correspondiente de ingreso al área de su elección.
XII. BECAS
12.1. AS MEDIA otorga 3 tipos de BECAS: las llamadas BECAS SEP que cubren el requisito legal ante la autoridad educativa, otorgándose en base al promedio, aprovechamiento y estudio socioeconómico solicitado previo al inicio del semestre; las BECAS TRABAJO se otorgan con base en el Apartado 10, y las BECAS ACADÉMICAS que se describen en el punto siguiente.
12.2. A partir del segundo semestre del programa académico, y dependiendo de la calificación final del primer semestre, el alumno podrá ser beneficiado con una beca académica que consiste en un descuento porcentual en la cuota mensual. Dicho descuento será del 10% equivalente a cada décima del promedio general, a partir de 9,1 (nueve punto uno) y hasta un máximo del 50%. Es decir que, a partir de 9.5 (nueve punto cinco) de promedio, el descuento máximo será del 50%. Estos descuentos serán revisados bimestralmente y serán otorgados en el margen de un monto máximo equivalente a una colegiatura completa por nivel y licenciatura.
12.3. Los descuentos previstos en el apartado anterior serán calculados según los resultados combinados obtenidos en la primera y segunda evaluación; tercera y cuarta para ser aplicados en el bimestre siguiente. La evaluación final servirá de base para el cálculo y aplicación del descuento durante los dos primeros meses del periodo siguiente.
12.4. Los estudiantes que se beneficien de alguna beca SEP o ACADÉMICA de hasta 40% deberán mantener un promedio mínimo de 8.5 (ocho punto cinco). Y cuando la beca sea del 50% o más, el promedio deberá ser mínimo de 9 para seguir gozando de éste apoyo económico.
12.5. Las becas SEP serán revisadas por la Dirección y Coordinación de Licenciatura correspondiente cada 3 meses y se renovarán o cancelarán de acuerdo al cumplimiento del punto anterior.
12.6. Las solicitudes de beca SEP se realizarán cada semestre, de acuerdo a la convocatoria emitida por la SEP y el IBCEP y deberán ajustarse a los períodos y cláusulas marcadas para tal efecto. La respuesta a la solicitud será otorgada por AS MEDIA dentro de los 10 primeros días del mes inicial del semestre correspondiente.
12.7. El alumno beneficiado de cualquier tipo de beca deberá cubrir obligatoriamente un mínimo de 6 horas diarias de trabajo cuando la beca sea 100%, mínimo 4 horas diarias cuando la beca sea de 75%, mínimo 3 horas diarias cuando el porcentaje otorgado sea de 50%, mínimo 2 horas diarias de trabajo cuando la beca otorgada sea de 25%.
XIII. PREMIO AS MEDIA
Recibirá el PREMIO AS MEDIA el alumno que cumpla con los siguientes requisitos:
13.1. Haber cursado y aprobado todas las asignaturas del periodo académico correspondiente, obteniendo el promedio más alto.
13.2. Tener un promedio de 9.6 (nueve punto seis) o superior en el período correspondiente.
13.3. Haber acreditado de manera sobresaliente la asignatura “Prácticas de campo” en el mismo período.
13.4. El premio será otorgado al promedio más alto por semestre, por nivel y por licenciatura
XIV. TUTORÍAS
14.1. Las tutorías son programas de asignaturas cursados por el estudiante cuando, por serios inconvenientes, no ha podido cumplir una secuencia normal del programa académico.
14.2. Las Tutorías tienen una metodología de docencia especial, bajo la dirección de un profesor y la supervisión del Coordinador de la Licenciatura correspondiente.
Para seguir un curso por tutoría, el estudiante deberá:
14.3. Solicitarlo por escrito, a la Coordinación de la Licenciatura correspondiente.
14.4. Tener un promedio académico general mínimo de 8.5 (ocho punto cinco).
14.5. No haber reprobado dos veces la asignatura solicitada.
Consideraciones:
14.6. Las asignaturas ofrecidas por Tutoría deben ser materias adaptables a esta metodología de enseñanza e impartirse a un grupo no mayor de 3 (tres) estudiantes, cumpliendo estrictamente los mismos criterios de evaluación y control que si fueran cursadas normalmente.
14.7. Un curso por tutoría deberá tener una duración mínima equivalente a las dos terceras partes de las horas-clase de la asignatura regular.
14.8. Cada Coordinación de Licenciatura, en acuerdo con la Coordinación Académica y la Dirección, establecerá qué asignaturas son adecuadas para ser ofrecidas mediante la modalidad de Tutoría.
14.9. Después de atender una solicitud, el Coordinador de la licenciatura correspondiente asignará a un profesor para hacerse cargo de la Tutoría.
14.10. El profesor asignado a una tutoría debe diseñar un programa de trabajo que asegure el auto-aprendizaje y hacerlo del conocimiento de la Dirección en un plazo no mayor de 7 (siete) días. Dicho programa debe contener el calendario de reuniones con los estudiantes, con fechas y horas. No debe haber menos de una sesión semanal, ni menos de una hora a la semana. Tanto el profesor como el estudiante deberán firmar su asistencia a cada sesión de trabajo.
14.11. Ningún estudiante podrá tomar más de dos asignaturas por tutoría en un mismo semestre, ni podrá cursar más de 3 (tres) en su vida académica.
14.12. El costo de cada Tutoría será determinado por AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., tomando en cuenta el número de créditos de la materia y el número de horas del curso. Dicho costo debe cubrirse, a más tardar, cinco días hábiles después de haber sido aprobada la solicitud.
XV. DISCIPLINA
Está estrictamente prohibido:
15.1. Entrar y salir del salón durante las clases, salvo emergencia justificada o autorización previa.
15.2. Alterar el orden en clase o en cualquier otra actividad. Lo anterior implica la expulsión de dicha clase o actividad y se equipara a falta.
15.3. Fumar dentro de las instalaciones de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., salvo en las áreas específicas designadas para ese fin.
15.4. Presentarse en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna droga.
15.5. Introducir a las instalaciones de AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C., cualquier tipo de sustancias tóxicas, psicotrópicas, estupefacientes, enervantes, bebidas alcohólicas y armas.
15.6. Tomar cualquier tipo de alimentos y bebidas en salones de clases, biblioteca, salas especiales, centro de cómputo, islas de edición, cabina de producción, estudio y otras áreas específicas.
15.7. Utilizar teléfonos celulares en clase, incluso en modo “vibrador”. La falta a esta disposición amerita la expulsión de clase y se equipara a falta.
XVI. SANCIONES
16.1. Toda violación o incumplimiento a lo previsto en este reglamento o normas que de él emanen, podrá ser sancionado por el Consejo Disciplinario de AS MEDIA, mismo que estará integrado por el Director, Coordinadores de Licenciaturas, Jefe de Control Escolar y un alumno de cada licenciatura.
16.2. Dichas violaciones podrán ser sancionadas de acuerdo a su gravedad con:
16.2.1. Amonestación verbal o por escrito,
16.2.2. Suspensión temporal,
16.2.3. Reparación de los daños, cuando amerite,
16.2.4. Baja definitiva,
16.2.5. La que designe el Consejo Disciplinario.
CONSIDERACIONES:
16.3. Cuando el profesor aplique una sanción, debe comunicársela al estudiante y al Coordinador de la licenciatura correspondiente, así como al Coordinador académico y al Director en su caso.
16.4. Cuando un grupo completo no se presente a una clase sin causa plenamente justificada, se considerará falta colectiva. A la segunda falta colectiva, se cancelará la asignatura (clases y evaluaciones) en ese periodo, con calificación reprobatoria para todos los integrantes del grupo.
16.5. El alumno que se presente al plantel en estado de ebriedad o bajo el influjo de algún enervante o droga será automáticamente dado de baja definitiva.
XVII. BAJA DE ALUMNOS
17.1. Baja temporal.
Es la suspensión, por un tiempo determinado, de la relación académica entre el estudiante y AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
La baja temporal puede obedecer a alguna de las siguientes razones:
17.1.1. Enfermedad o causa de fuerza mayor
17.1.2. No inscribirse o reinscribirse al periodo correspondiente en tiempo y forma.
17.1.3. No cubrir la cuota de inscripción o reinscripción en tiempo y forma.
17.1.4. Adeudar 2 ó más cuotas mensuales.
17.1.5. Por voluntad propia, previo aviso a la Coordinación académica, a la Coordinación de la licenciatura correspondiente y a la administración.
17.2. Baja definitiva.
Implica la terminación total de la relación académica entre el estudiante y AS MEDIA, Centro de Formación Profesional, A.C.
La baja definitiva puede obedecer a alguna de las siguientes razones:
17.2.1. Haber reprobado o perdido el derecho de presentar examen ordinario en cuatro o más asignaturas.
17.2.1. Haber reprobado o perdido el derecho de presentar examen extraordinario en más de 2 asignaturas.
17.2.4. No alcanzar un promedio mínimo general de 7.6 (siete punto seis) en el semestre.
17.2.5. Violar gravemente el reglamento.
17.2.6. Entrega de documentación falsificada.
17.2.7. Por voluntad propia.
XVIII. PAGOS
18.1. El pago de inscripción deberá efectuarse antes del primer día de clases del período correspondiente. Este pago es anual y se considera como reinscripción a partir del tercer semestre.
18.2. El pago de reinscripción deberá efectuarse 2 semanas antes del inicio del semestre correspondiente.
18.3. Las mensualidades deben ser cubiertas dentro de los diez primeros días del mes correspondiente. De lo contrario, el sistema solo aceptará el pago dentro de los diez primeros días del mes siguiente, con un recargo del diez por ciento aplicado por la institución bancaria designada para tal efecto.
CONSIDERACIONES:
18.4. El retraso en el pago de la colegiatura por más de un mes implica:
18.4.1. Baja temporal inmediata
18.4.2. No poder solicitar constancias de estudios, de no adeudo o similares.
18.4.3. No tener acceso a instalaciones y servicios de AS MEDIA o TV Azteca Puebla.
18.5. Cualquier asunto en relación a pagos que no esté contemplado en el presente reglamento, deberá tratarse personalmente, previa cita, con el Departamento de Contabilidad o Dirección Gral.
XIX. BIBLIOTECA
19.1. El usuario de biblioteca deberá mantenerse en silencio, así como mostrar respeto al personal, sus instalaciones y colecciones, de lo contrario el usuario será sancionado con la expulsión de la misma.
19.1. La biblioteca es para uso exclusivo de alumnos, docentes y personal del Centro de Formación.
19.2. El horario de servicio será de 10:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs. Lunes a Viernes
19.3. Está estrictamente prohibido fumar, beber o comer dentro de la biblioteca, así como el introducir bolsos grandes y/o paquetes.
19.4. El usuario podrá solicitar en préstamo material didáctico y de investigación, tal como: libros, videos, revistas, etc. Este préstamo será efectuado en la mesa de entrada de Biblioteca.
19.5. Será responsabilidad del usuario revisar el material bibliográfico que retira.
19.6. Los períodos de préstamo serán asignados según la tipología del material. Ejemplo: Tipo de material: libro; plazo del préstamo: 2 días hábiles; tolerancia en demora: 1 día.
19.7. La cantidad de volúmenes que se otorgarán en forma de préstamo será máximo 2 por usuario, pudiendo la biblioteca limitar dicha cantidad de acuerdo a necesidades y solicitudes previas.
19.8. Los préstamos podrán renovarse hasta un máximo de 2 veces consecutivas. Reservándose la biblioteca el derecho de negar dicha renovación en caso de reserva previa por parte de otro usuario.
19.9. Los volúmenes prestados deberán ser regresados en la fecha indicada al momento del registro. El usuario que no devuelva en tiempo y forma acordado el material prestado será suspendido temporalmente de sus derechos como usuario de biblioteca, además del cargo de $10 (diez pesos) por cada día extra sin devolver el material. Dicho cargo se hará automáticamente al saldo registrado en Contabilidad.
19.10. Se considera una falta grave a la institución el escribir, dañar, extraviar o negar cualquier material perteneciente a la biblioteca. |